Destripando el Convenio

Cuando el III Convenio del Metal se publicó en 2019, su intención fue la de implementar la formación en materia de prevención de riesgos laborales a los trabajadores que, en el seno de este sector, no entraban en obras de construcción, sino que su actividad se realizaba en otras instalaciones, a veces en su propio taller.

Para esto, se desarrollaron acciones formativas OBLIGATORIAS que poco a poco debían ponerse en marcha en las empresas, hasta conseguir que el 1 de Octubre de 2021 TODA LA PLANTILLA, estuviese formada.

Estos cursos de formación solamente los pueden impartir Servicios de Prevención externos a la empresa y autorizados por la FMF (Fundación del Metal para la Formación, Cualificación y el Empleo).

Sin embargo, para poder utilizar ciertos equipos de trabajo como PUENTES GRÚA, CARRETILLAS o PLATAFORMAS ELEVADORAS, se necesita que la formación sea teórica y práctica, por lo que es necesario que, además, se tenga formación en el manejo de dicha máquina para garantizar la plena formación del trabajador.

Eso supone que al trabajador que maneja un puente grúa se le tenga que formar con las siguientes acciones:

Acción formativa¿Quién lo imparte?Norma que lo obliga
Formación por puesta de trabajo según el art.19Servicio de Prevención de la empresaLey de Prevención de Riesgos Laborales
Formación del oficio de operador de puente grúaServicio de Prevención acreditado en FMFConvenio Sector Metal
Operador de puente grúa y manejo de máquina
(TEÓRICO – PRÁCTICO)
Centro de formación autorizadoReal Decreto 1215/97 sobre equipos de trabajo

Si alguna de estas acciones formativas falta, no se puede decir que el trabajador disponga de formación teórica y práctica, adecuada y suficiente, como prescribe el ART. 19 de la LEY 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales, siendo el empresario el responsable de haberla llevado a cabo.

Una solución que proponemos desde TOMI FORMACIÓN para no cargar al trabajador de demasiadas sesiones formativas es la de complementar ÚNICAMENTE con las prácticas específicas del manejo del equipo, después de verificar que la formación teórica de seguridad se ha realizado según la anterior tabla.

Así, también es mas llevadero para la empresa que la gestión de la formación se realice plenamente, a lo que se puede unir una bonificación del coste de los cursos, gracias a las bonificaciones de FUNDAE que en TOMI FORMACIÓN también realizamos.

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